Ayuno por ti
Ayuno por ti
 

S.S. San Juan Pablo II

Carta Encíclica Evangelium Vitae, n. 100

 

 “Jesús mismo nos ha mostrado con su ejemplo que la oración y el ayuno son las armas principales y más eficaces contra las fuerzas del mal (cf. Mt 4, 1-11) y ha enseñado a sus discípulos que algunos demonios sólo se expulsan de este modo (cf. Mc 9, 29). Por tanto, tengamos la humildad y la valentía de orar y ayunar […]”

Denzinger

Magisterio de la Santa Iglesia Católica (Altera Editio)

 

"El que un día de ayuno come bastantes veces un poco, no quebranta el ayuno, aunque al fin haya comido una cantidad notable. D-1129 29

 

Están excusados absolutamente del precepto del ayuno todos aquellos que hacen un viaje a caballo, como quiera que lo hagan, aun cuando el viaje no sea necesario y aun cuando hagan un viaje de un solo día. D-1131 31.

 

[…] el agua no rompe el ayuno. (Del Motu proprio Sacram Communionem, de 19 de marzo de 1957) AAS 49 (1957) 177, n. II."

Derecho Canónico

Libro IV, Parte III, Título II, Capítulo II “de los días de penitencia”.

 

1249  Todos los fieles, cada uno a su modo, están obligados por ley divina a hacer penitencia; sin embargo, para que todos se unan en alguna práctica común de penitencia, se han fijado unos días penitenciales, en los que se dediquen los fieles de manera especial a la oración, realicen obras de piedad y de caridad y se nieguen a sí mismos, cumpliendo con mayor fidelidad sus propias obligaciones y, sobre todo, observando el ayuno y la abstinencia, a tenor de los cánones que siguen.

 

1250  En la Iglesia universal, son días y tiempos penitenciales todos los viernes del año y el tiempo de cuaresma.

 

1251  Todos los viernes, a no ser que coincidan con una solemnidad, debe guardarse la abstinencia de carne, o de otro alimento que haya determinado la Conferencia Episcopal; ayuno y abstinencia se guardarán el miércoles de Ceniza y el Viernes Santo.

 

1252 La ley de la abstinencia obliga a los que han cumplido catorce años; la del ayuno, a todos los mayores de edad, hasta que hayan cumplido cincuenta y nueve años. Cuiden sin embargo los pastores de almas y los padres de que también se formen en un auténtico espíritu de penitencia quienes, por no haber alcanzado la edad, no están obligados al ayuno o a la abstinencia.

 

1253 La Conferencia Episcopal puede determinar con más detalle el modo de observar el ayuno y la abstinencia, así como sustituirlos en todo o en parte por otras formas de penitencia, sobre todo por obras de caridad y prácticas de piedad.

Catecismo de la Iglesia Católica

CAPÍTULO SEGUNDO, Artículo 4.

 

1430 Como ya en los profetas, la llamada de Jesús a la conversión y a la penitencia no mira, en primer lugar, a las obras exteriores "el saco y la ceniza", los ayunos y las
mortificaciones, sino a la conversión del corazón, la penitencia interior. Sin ella, las obras de penitencia permanecen estériles y engañosas; por el contrario, la conversión interior impulsa a la expresión de esta actitud por medio de signos visibles, gestos y obras de penitencia (Cf. Jl 2,12-13; Is 1,16-17; Mt 6,1-6. 16-18).

 

1434 La penitencia interior del cristiano puede tener expresiones muy variadas. La Escritura y los Padres insisten sobre todo en tres formas: el ayuno, la oración, la limosna (Cf. Tb 12,8; Mt 6,1-18), que expresan la conversión con relación a sí mismo, con relación a Dios y con relación a los demás.

 

 

"AyunoXti"

"En cuanto a esta clase de demonios, no se les puede expulsar, sino por medio de la oración y el ayuno"

(Mt 17, 21)

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